Residencia de nómada digital ante la UGE: requisitos oficiales y presentación sin certificado
La residencia de nómada digital se solicita online ante la UGE-CE estando en España en situación regular. Según Plataforma ONE, el permiso es de 3 años y el plazo de resolución más rápido, de 20 días hábiles. Si tienes los documentos listos pero te falta el certificado digital español, Spain Visa Submit presenta la solicitud con tu autorización por escrito. Cuesta 80 € por solicitante.
Verificado:
Spain Visa Submit es un servicio de presentación técnica, no un despacho de abogados. Esta guía no es asesoramiento jurídico ni una evaluación de requisitos o de la corrección de los documentos.
Información oficial del procedimiento: Solicitud de residencia para nómadas digitales
Qué es
Procedimiento de solicitud de autorización de residencia cuando el solicitante se encuentra en situación regular en España, mediante el cual obtendrá un permiso de 3 años (o menor en función del contrato aportado si el mismo tiene una duración menor a los tres años) para, si lo desea, residir y trabajar en todo el territorio nacional.
Las autorizaciones de residencia reguladas por la Ley 14/2013, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, facilitan la entrada y permanencia en España por razones de interés económico a teletrabajadores de carácter internacional.
- Organismo que lo gestiona
- Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos.
- Plazo aproximado
- Plazo más rápido para resolver: 20 días hábiles.
A quién va dirigido
- Personas de nacionalidad extranjera que quieran ejercer una actividad laboral o profesional a distancia para empresas situadas fuera de España mediante el uso exclusivo de medios informáticos, telemáticos o de telecomunicación.
- Personas de nacionalidad extranjera que realicen una actividad por cuenta ajena para empresas situadas fuera de España.
- Personas de nacionalidad extranjera que realicen una actividad por cuenta propia (como autónomo) y que podrán trabajar también para empresas situadas en España, siempre que el porcentaje de dicho trabajo no sea superior al 20 % del total de su actividad.
Documentación
- Copia del pasaporte completo o documento de viaje en vigor (todas las páginas).
- Justificante de haber abonado la tasa (mod. 790 038) adjuntado además el justificante del pago si este no se refleja sobre el propio modelo 790.
- Acreditación de relación laboral/profesional mínima de tres meses a la fecha de la solicitud con la empresa/empresas extranjeras con la que mantiene dicha relación.
- Acreditación de actividad real y continuada durante al menos un año de la empresa extranjera o grupo de empresas con la que el trabajador mantiene relación laboral o profesional.
- Carta de la empresa extranjera, autorizando el desarrollo del trabajo en remoto desde España acreditando perfil del puesto, sueldo a percibir, términos y resto de condiciones en los que se va a ejercer la actividad profesional a distancia.
- Copia de la titulación relacionada con el desempeño del puesto o en su caso experiencia mínima sustitutiva de aquel en funciones análogas al puesto que se pretende desempeñar.
- Certificado de cobertura de Seguridad Social (Si existe convenio con el país de origen) o alta en la seguridad social española acreditando al menos la solicitud de inscripción de la empresa extranjera ante la Seguridad Social y el compromiso de alta una vez obtenida la autorización antes del comienzo del trabajo.
- Certificado de antecedentes penales actual del país o países donde haya residido durante los últimos dos años. Adicionalmente se presentará una declaración responsable de la inexistencia de antecedentes penales de los últimos 5 años (Lo anterior no será de aplicación cuando se sea titular de una autorización residencia, o estancia en España superior a 6 meses y ya se haya aportado para obtener dicha autorización).
Requisitos generales
- El modelo de solicitud cumplimentado.
- Copia del pasaporte completo o documento de viaje en vigor y, en su caso, de sus familiares.
- Acreditación de recursos económicos suficientes para sí y para los miembros de su familia durante su periodo de residencia en España.
- Un seguro público o privado de enfermedad concertado con una entidad aseguradora autorizada para operar en España, salvo que se vaya a desarrollar una actividad por la que se vaya a tener la condición de asegurado en el Sistema Nacional de Salud.
- Justificante de abono de la tasa correspondiente.
- En caso de que la persona solicitante ya se encuentre en España cuando se presenta la solicitud, si es titular de una estancia o de una estancia por estudios de menos de seis meses debe presentar certificado de antecedentes penales, original, del país o países en los que haya residido durante los últimos cinco años.
Respuestas oficiales
¿Quién puede presentar la solicitud?
Las solicitudes las puede presentar la propia persona interesada o a través de una persona representante.
¿Es necesario presentar los documentos extranjeros traducidos y legalizados?
Todos los documentos deben estar traducidos al castellano. En el caso de documentos públicos extranjeros deberán, además, llevar la apostilla del Convenio de La Haya o, en su defecto, haber sido legalizados por vía diplomática.
¿Puede admitirse a trámite la solicitud?
La Ley establece como requisito no encontrarse en situación irregular en España, por lo que exigirá cumplir ese requisito en el momento de la solicitud.
La solicitud de la autorización de residencia prorrogará la vigencia de la situación de residencia o de estancia de la que fuera titular hasta la resolución del procedimiento.
Fuente: Plataforma ONE, Red.es (one.gob.es/es/tramites/solicitud-de-residencia-para-nomadas-digitales). Texto reproducido conforme al aviso legal de Plataforma ONE. Cotejado con la fuente el . Aviso legal
Presentar esta solicitud con Spain Visa Submit
Presentar sin certificado propio
Subes la documentación preparada y la autorización firmada desde tu área privada. Firmamos y presentamos la solicitud ante la UGE con nuestro propio certificado electrónico y te enviamos el justificante oficial de presentación con el número de registro. La presentación técnica cuesta 80 € por solicitante.
Familiares
Sube los documentos de toda la familia en la misma cuenta. Cada familiar recibe su propio justificante de presentación, su número de registro y los avisos sobre el estado de su expediente.
Lo que no hacemos
No comprobamos si cumples los requisitos, no preparamos ni revisamos documentos y no damos asesoramiento jurídico. Prepara el expediente por tu cuenta o con un abogado o una gestoría antes de encargarnos la presentación.
Preguntas frecuentes
¿Podéis presentar mi solicitud de residencia de nómada digital si no tengo certificado digital?
Sí. Presentamos tu solicitud ya preparada con nuestro propio certificado digital y tu autorización por escrito. Cuesta 80 € por solicitante.
¿Puedo solicitarla estando en España?
Plataforma ONE describe este procedimiento para quien se encuentra en situación regular en España al presentar la solicitud. Si tu estancia cumple ese requisito es una cuestión jurídica que no valoramos.
¿Cuánto cuesta en total?
Nuestra presentación cuesta 80 € por solicitante. La tasa oficial (Modelo 790-038) es de aprox. 74 € por solicitante. Si quieres, la pagamos nosotros sin coste adicional: va en el mismo pago que la presentación.