Profesionales altamente cualificados y Tarjeta azul-UE ante la UGE: requisitos y presentación
La residencia de profesionales altamente cualificados, que incluye la modalidad de Tarjeta azul-UE, se presenta ante la UGE-CE mientras el profesional está legalmente en España. Plataforma ONE indica un permiso de 3 años y un plazo de resolución de 20 días hábiles en el caso más rápido. Aquí el solicitante es la empresa o entidad que requiere los servicios del profesional. Si la documentación está lista, la presentamos con nuestro propio certificado y la autorización por escrito de la empresa o entidad solicitante. Cuesta 80 € por solicitante.
Verificado:
Spain Visa Submit es un servicio de presentación técnica, no un despacho de abogados. Esta guía no es asesoramiento jurídico ni una evaluación de requisitos o de la corrección de los documentos.
Información oficial del procedimiento: Solicitud de residencia de profesionales altamente cualificados
Qué es
Por medio de este procedimiento podrás obtener la solicitud de autorización de residencia cuando te encuentres legalmente en España, mediante lo cual obtendrás un permiso de 3 años para, si lo deseas, residir y trabajar en todo el territorio nacional.
Las autorizaciones de residencia reguladas por la Ley 14/2013, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, facilitan la entrada y permanencia en España por razones de interés económico, entre otros, a los profesionales altamente cualificados.
- Organismo que lo gestiona
- Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos
- Plazo aproximado
- Plazo más rápido para resolver: 20 días hábiles.
A quién va dirigido
Profesionales de nacionalidad extranjera con una oferta de trabajo en España para el desarrollo de una relación laboral o profesional en un puesto directivo o actividad para la que se requiera contar con cualificación de enseñanza superior o, excepcionalmente, se acredite un mínimo de tres años de experiencia profesional que pueda considerarse equiparable a dicha cualificación, relacionada con la actividad para cuyo desempeño se conceda la autorización.
La normativa española ofrece dos alternativas para la autorización como altamente cualificado:
- Autorización de residencia para profesionales altamente cualificados titulares de una Tarjeta azul-UE. (actividad para la que se requerirá cualificación derivada de una formación de enseñanza superior de duración mínima de tres años y equivalente al menos al Nivel 2 del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior, correspondiente con el nivel 6 del Marco Español de Cualificaciones para el Aprendizaje Permanente y mismo nivel del Marco Europeo de Cualificaciones (EQF)).
- Autorización de residencia nacional para profesionales altamente cualificados. (actividad laboral o profesional para la que se requiera contar con una titulación equiparable al menos al nivel 1 del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior, correspondiente con el nivel 5A del Marco Español de Cualificaciones para el Aprendizaje Permanente).
Documentación
- Copia del NIF de la empresa persona solicitante y documento público que otorgue a el/la representante legal de la empresa la facultad para firmar las solicitudes, así como copia de su documento identificativos (DNI, NIE…) En caso de actuar por medio de tercero, deberá acreditar estar autorizado para ello.
- Copia del contrato de trabajo o de la acreditación de la relación profesional con fecha anterior a la presentación de la solicitud, que deben estar firmadas por ambas partes.
- Perfil del puesto de trabajo en el que se indiquen las funciones y tareas que desarrollará el profesional, así como su currículum vitae, y en su caso, titulación superior o equivalente.
- En virtud del supuesto del artículo 71 de la Ley 14/2013 al que se acoja:
- Apartado a): documentación acreditativa de las características de la empresa (número de trabajadores, volumen de negocio, etc.). Para acreditar, en el caso de PYMES, que pertenece a un sector estratégico, se deberá aportar informe de la Dirección General de Comercio Internacional e Inversiones del Ministerio de Economía y Competitividad.
- Apartado b): informe de la Dirección General de Comercio e Inversiones (Ministerio de Economía y Competitividad) que acredite que se trata de un proyecto de interés general (puede obtener más información sobre este informe en la dirección de correo electrónico informacion@icex.es).
- Apartado c): documentación que acredite la titulación del profesional como graduado o posgraduado de una universidad o escuela de negocios de reconocido prestigio.
- En el caso de que la persona trabajadora ya se encuentre en España al solicitar la autorización, si es titular de una estancia o de una estancia por estudios de menos de seis meses, debe presentar certificado de antecedentes penales del país o países en los que haya residido durante los últimos cinco años.
Requisitos generales
- El modelo de solicitud cumplimentado.
- Copia del pasaporte completo o documento de viaje en vigor y, en su caso, de sus familiares.
- Acreditación de recursos económicos suficientes para sí y para los miembros de su familia durante su periodo de residencia en España.
- Un seguro público o privado de enfermedad concertado con una entidad aseguradora autorizada para operar en España, salvo que se vaya a desarrollar una actividad por la que se vaya a tener la condición de asegurado en el Sistema Nacional de Salud.
- Justificante de abono de la tasa correspondiente.
- En caso de que el persona solicitante ya se encuentre en España cuando se presenta la solicitud, si es titular de una estancia o de una estancia por estudios de menos de seis meses debe presentar certificado de antecedentes penales, original, del país o países en los que haya residido durante los últimos cinco años.
Respuestas oficiales
¿Quién puede presentar la solicitud?
La persona solicitante, según el tipo de autorización, puede ser:
- En autorizaciones iniciales:
- En autorizaciones para personas profesionales altamente cualificados, investigadores/as o traslado intraempresarial, la empresa o entidad que requiere los servicios del extranjero.
Las solicitudes las puede presentar la propia persona interesada o a través de una persona representante.
¿Es necesario presentar los documentos extranjeros traducidos y legalizados?
Todos los documentos deben estar traducidos al castellano. En el caso de documentos públicos extranjeros deberán, además, llevar la apostilla del Convenio de La Haya o, en su defecto, haber sido legalizados por vía diplomática.
¿Puede admitirse a trámite la solicitud?
La Ley establece como requisito no encontrarse en situación irregular en España, por lo que exigirá cumplir ese requisito en el momento de la solicitud.
La solicitud de la autorización de residencia prorrogará la vigencia de la situación de residencia o de estancia de la que fuera titular hasta la resolución del procedimiento.
Fuente: Plataforma ONE, Red.es (one.gob.es/es/tramites/solicitud-de-residencia-de-profesionales-altamente-cualificados). Texto reproducido conforme al aviso legal de Plataforma ONE. Cotejado con la fuente el . Aviso legal
Presentar esta solicitud con Spain Visa Submit
Presentación con nuestro certificado
La empresa o entidad solicitante sube la documentación preparada y la autorización firmada en un área privada. Firmamos y presentamos la solicitud ante la UGE con nuestro propio certificado electrónico y enviamos el justificante oficial de presentación con el número de registro. La presentación técnica cuesta 80 € por solicitante.
Familiares
Los documentos de los familiares se suben en la misma cuenta. Cada familiar recibe su propio justificante de presentación, número de registro y avisos sobre el estado del expediente.
Lo que no hacemos
No elegimos entre la Tarjeta azul-UE y la autorización nacional, no comprobamos requisitos, no revisamos documentos y no damos asesoramiento jurídico. Prepara la documentación con la empresa o con un asesor antes de encargarnos la presentación.
Preguntas frecuentes
¿Quién firma la autorización para esta solicitud?
Plataforma ONE indica que, en las autorizaciones para profesionales altamente cualificados, el solicitante es la empresa o entidad que requiere los servicios del profesional. Por eso es esa empresa o entidad quien nos firma la autorización para presentar.
¿Elegís entre la Tarjeta azul-UE y la autorización nacional?
No. Elegir la vía y preparar los documentos corresponde al solicitante, a la empresa empleadora o a un asesor. Nosotros presentamos la documentación ya preparada.
¿Qué recibimos tras la presentación?
El justificante oficial de presentación de la UGE con el número de registro, en la cuenta privada y por correo electrónico. La presentación cuesta 80 € por solicitante.